Medidas de Apoyo para Autónomos y PYMES
MAPFRE destina 30 millones de euros a medidas de apoyo a PYMES y Autónomos.
En MAPFRE somos muy conscientes de las dificultades que esta pandemia, provocada por el COVID-19, está provocando a nivel general y estamos tomando medidas para apoyar a nuestros clientes en diferentes ámbitos. Parte de estas medidas están enfocadas a aliviar las dificultades a las que se enfrentan autónomos y PYMES, que se ven especialmente afectados por esta situación extraordinaria que vivimos por el cierre de sus negocios o la significativa reducción de su actividad.
A efectos de la aplicación de estas medidas, entendemos por Autónomos y PYMES las siguientes definiciones:
AUTÓNOMO: Clientes con NIF que tienen algún riesgo de su actividad empresarial asegurado con MAPFRE a través de pólizas cuyo objeto es la protección del ámbito profesional / empresarial.
PYME: Empresas con facturación menor de 2.000.000 de euros, con pólizas cuyo objeto sea la protección del ámbito profesional / empresarial.
Pasamos a contarte los detalles de las medidas:
¿CUÁLES SON LAS MEDIDAS DE APOYO?
▪ Descuento en el próximo recibo
Cuando llegue el próximo recibo de tu seguro, deduciremos el importe correspondiente a los días en los que esté en vigor el Estado de Alarma * y su actual prórroga hasta el 10 de mayo de 2020.
*(Estado de alarma prorrogado por el Real Decreto 492/2020, de 24 de abril).
Esta medida incluiría los seguros que tengas contratados con la compañía para la protección de tu actividad profesional o empresarial.
No estarán incluidos en esta medida las pólizas de riesgos particulares.
La cantidad a descontar se calculará sobre el importe del seguro sin considerar impuestos.
¿Qué productos se incluyen en esta medida?
A efectos de esta medida, quedan incluidos para su aplicación los productos dirigidos a la protección de tu actividad empresarial que se detallan a continuación:
En el caso de Autónomos:
● Autos (excluido uso particular)
● ITT (Incapacidad Temporal)
● Accidentes
● Comercio
● Multirriesgo Empresarial
● Multirriesgo Agrícola
● Responsabilidad Civil
● Transporte de Mercancías
● Invernaderos
● Multirriesgo de Maquinaria Agrícola
En el caso de PYMES:
● Vehículos uso profesional y Flotas
● Accidentes
● Comercio
● Multirriesgo Empresarial
● Multirriesgo Agrícola
● Responsabilidad Civil
● Transporte de Mercancías
● Invernaderos
● Multirriesgo de Maquinaria Agrícola
No es necesario que hagas nada, nosotros nos encargaremos de realizar la gestión que podrás ver reflejada en el cobro de tu próximo recibo tras la finalización de la actual prorroga del Estado de Alarma*
¿Qué sucede si el cobro de mi recibo coincide justo con el periodo del Estado de Alarma* o de su prorroga actual?
La medida se aplicará en el próximo recibo que te corresponda, sea trimestral, semestral o anual.
¿Si anulo alguna de mis pólizas incluidas en esta medida, estando en el periodo de Estado de Alarma o en su prorroga actual* o justo después, me devuelven la cantidad correspondiente?
No, para llevar a cabo la devolución del importe es necesario que exista un recibo. Si la póliza se anula, no se procederá a la devolución.
▪ Planes de Pago
Podrás fraccionar los pagos de tus seguros, tanto particulares como de ámbito empresarial o profesional, en un único recibo mensual durante el periodo de un año y sin intereses ni recargos. Además, podrás elegir el día del mes en que quieres que te carguemos el recibo en cuenta o tarjeta.
Igualmente podrás fraccionar el pago mensualmente en caso de tener únicamente un producto contratado.
Esta medida se aplicará siempre que el importe del seguro/s a fraccionar sea como mínimo de 300 euros.
¿Qué productos se incluyen en esta medida?
A efectos de esta medida, quedan incluidos los productos, tanto de ámbito empresarial como particular.
¿Cómo puedo acceder a esta medida?
Consulta en el teléfono 918 365 365 o si lo prefieres puedes contactar con tu oficina/ mediador de confianza.
¿Puedo agrupar los recibos de mis pólizas de ámbito profesional y particular en un mismo Plan de Pago o deben ser dos separados?
Puede hacerse en el mismo plan siempre que el pagador de las pólizas sea el mismo.
¿Puedo incluir mis pólizas de ámbito profesional en mi Plan de Pago Familiar?
Sí, puede utilizarse el plan de pago existente para incluir nuevas pólizas.
▪ Ampliación del periodo para el pago de recibos
Por último, si necesitas aplazar el pago de algún recibo pendiente, podrás hacerlo hasta un máximo de 60 días, incluso si tienes el pago fraccionado.
¿Qué productos se incluyen en esta medida?
Esta medida incluiría los seguros que tengas contratados con la compañía para la protección de tu actividad empresarial o profesional.
No estarán incluidos en esta medida las pólizas de riesgos particulares.
¿Cómo puedo acceder a esta medida?
El periodo de pago de hasta 60 días se amplía si el recibo no es atendido en la fecha de exigencia de cobro, de forma automática.
¿Dónde puedo consultar más información?
Marisol España
Mediadora de Seguros MAPFRE y SOLUNION
+34 608 99 20 38
















